jueves, 16 de julio de 2009

La UCR aclaró que se aprobó una ley penal juvenil pero "no se bajó la edad de imputabilidad"

8-7-2009

“Esta iniciativa no tiene por objeto bajar la edad de imputabilidad del sistema penal de adultos”, destacó el titular de la UCR, Gerardo Morales, en el debate del nuevo régimen penal juvenil en el Senado de la Nación.


“No intenta reproducir el actual sistema con más acciones punitivas, ni quiere ser intérprete de la demanda de los sectores conservadores que sólo intentan insistir con actitudes represivas. Sino que, desde la perspectiva de los derechos humanos busca, con un régimen penal especial, dar respuesta a la problemática de los adolescentes entre 14 y 18 años en conflicto con la ley”, agregó este miércoles.

“El sustento de esa franja etarea es el concepto de responsabilidad penal y el reconocimiento de los derechos y las garantías procesales no contemplados por la normativa vigente”, apuntó.

“Los chicos terminan siendo el pato de la boda de problemas de la sociedad adulta”, enfatizó Morales como fundamento principal de un régimen específico que “intenta resolver el problema de las personas menores de edad que violan la ley penal”.

“La reciente adecuación de la legislación nacional que crea el Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a la luz de Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, y por ende a nuestra Constitución Nacional, constituye el marco de tratamiento legislativo”, apuntó el jujeño quien es el autor de un proyecto de ley que incluye un dictamen unánime trabajado durante varios años en las comisiones de la Cámara alta y una iniciativa propia.

“Así como la aprobación de la ley de protección de derechos de niños y niñas permitió abandonar la doctrina de la situación irregular, en materia penal para los jóvenes infractores es imprescindible abandonar la concepción tutelar punitiva para asumir definitivamente la perspectiva de una justicia participativa, que sustente la concepción de responsabilización mediante procesos socio educativos y restaurativos, consideración esencial ya que se trata de personas en desarrollo, en la que la intervención del Estado debe tener siempre como eje su interés supremo”, rescató.

En el mismo sentido, Morales expresó que “el problema de las personas menores de edad que se ven involucradas en situaciones delictivas sigue hasta hoy en la Argentina regido por leyes que equiparan estas graves situaciones a aquellas relacionadas con violaciones de derechos fundamentales a la infancia y adolescencia, como por ejemplo la ausencia de familia, la inasistencia a la escuela, el abandono de sus padres, la pobreza, etc; acordándoles un idéntico tratamiento al anterior sistema de patronato de menores, desde un esquema tutelar”.

“Este modelo de aplicación ha operado como verdadero mecanismo de control social con medidas de seguridad que intentan neutralizar una supuesta peligrosidad criminal construida arbitrariamente por la valoración del riesgo moral y material que los adolescentes constituyen en el imaginario social”, añadió.

“Frente a este contexto, ¿de qué estamos hablando?”, se preguntó Morales quien recurrió a una estadística contundente: “entre los menores de 18 años privados de su libertad, un 12 por ciento lo están por causas penales. De los ingresados al sistema penal de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, están imputados por delitos contra las personas un 9,7 por ciento. Incluso, entre éstos los delitos contra la vida sólo representan el 0,6 por ciento del total”.

“Se define además con esta iniciativa, una política pública especializada para esta franja etárea, separada de la política criminal de adultos, tanto en materia preventiva como socioeducativa”, describió el legislador quien agregó que “se intenta resolver desde la institucionalidad un problema que tiene características propias y necesita respuestas eficientes y específicas”. “En síntesis –dijo- este proyecto prevé la transformación del tratamiento de los adolescentes como objeto de tutela y represión a su consideración como sujetos plenos de derechos y responsabilidades”.

Morales finalmente enumeró las pautas básicas del régimen: “Establecer expresamente el carácter no coactivo de toda intervención dirigida al restablecimiento de un derecho afectado o vulnerado; incorporar todos los derechos y garantías que amparan a un adolescente en todos los procedimientos administrativos, judiciales o de otra índole dirigidos al restablecimiento de sus derechos; y establecer así mismo, de modo explícito, todos los derechos y garantías que lo amparan frente al aparato coactivo del Estado cuando existe una imputación penal en su contra, derechos y garantías que rigen para todos los habitantes de la Nación”, entre otras.

“En este régimen la privación de libertad de los adolescentes condenados, es decir, luego del debido proceso y la defensa en juicio con letrado especializado, es la última instancia que incluye institutos legales como la mediación penal, la conciliación, la suspensión del juicio a prueba y las instrucciones judiciales durante el proceso, es decir las medidas socioeducativas”, destacó el senador quien reconoció “la necesidad de que el Estado nacional y las provincias asuman el desarrollo programático de dichas medidas socioeducativas, la adecuación de las instancias judiciales y la creación de los centros especializados según la nueva normativa en función de los pactos internacionales vigentes”.

No hay comentarios: