jueves, 16 de julio de 2009

Primer paso en el Senado para el nuevo Régimen Penal Juvenil

Publicó Parlamentario
16 de julio de 2009


En la primera sesión después de las elecciones legislativas, los senadores aprobaron en general por una unanimidad el proyecto de ley sobre el derecho penal para los menores de 18 años, tan reclamado por la sociedad. Se aprobó en general el Régimen Penal Juvenil y quedó pendiente el tratamiento en particular. Conozca el proyecto.

Un proyecto de ley consensuado sobre un nuevo Régimen Penal Juvenil fue aprobado en general por una unanimidad por la Cámara de Senadores, pero no fue girado a la Cámara baja porque falta el tratamiento en particular, es decir artículo por artículo.

La iniciativa aprobada en general obtuvo 43 votos afirmativos. pero provocó varias disidencias entre los bloques los artículos que establecían que el nuevo régimen contemplara la edad entre 14 y 18 años.

Al comenzar la defensa del proyecto, que tiene dictamen consensuado de comisión, la senadora oficialista Marita Perceval afirmó que “no podemos aplicar a los adolescentes el derecho penal de los adultos”.

“La doctrina actual hace de los menores de 18 años unos objetos pasivos que deben estar encerrados y tutelados por lo que debemos superar esta ideología alejada de los derechos humanos”, agregó la legisladora mendocina.

“Con la mano dura no se resuelve la inseguridad”, consideró la presidenta de la Comisión de Defensa Nacional.

“Nunca más se podrá poner penas sin límites, es decir perpetuas por un delito cometido antes de cumplir la mayoría de edad”, comentó la senadora Sonia Escudero, quien fue presidenta de la Comisión de Seguridad Interior y es autora de un proyecto sobre el tema.

Por su parte, el titular del radicalismo, senador Gerardo Morales, comentó que "el bloque de la UCR no está de acuerdo con la baja de la imputabilidad pero apoya este proyecto porque es un nuevo régimen penal para los menores".

El debate no fue extenso, y más allá de varias críticas, la discusión seguirá en Labor Parlamentaria del Senado que estará sujeto a los tiempos parlamentarios y las medidas preventivas por la Gripe A. Así las cosas, se podría volver a discutir a principios de agosto.

El proyecto

El proyecto, que es la unificación de varias iniciativas, establece que en ningún caso una persona menor de 18 años a la que se le atribuya la comisión de un delito podrá ser juzgado por el sistema penal general ni podrá atribuírsele las consecuencias previstas para las personas mayores.

Están exentas de responsabilidad penal las personas que al momento de cometer el delito que se les impute no alcancen la edad de 14 años.

Tampoco serán punibles quienes tengan 14 o 15 años y hayan cometido delitos de acción privada sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de libertad inferior a tres años.

Además, no recibirán sanciones penales quienes tenga 16 o 17 años cuando cometieron delitos de acción privada sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de la libertad inferior a dos años.

Además, el Régimen establece que toda persona menor de 18 años tiene derecho a que se respete su vida privada y la de su grupo familiar.

El proyecto también remarca que la privación de la libertad de las personas menores de 18 años infractoras a la ley penal es "la excepción y el último recurso".

Establece que "se privilegiará la permanencia de la persona menor de dieciocho años dentro de su grupo familiar" y que "en caso de no existir este, deberá darse intervención a los órganos administrativos de protección de derechos del niño, niña y adolescente".

Es por ello que el juez podrá aplicar como sanciones una escala que, de modo in crescendo, tiene las siguientes: disculpas personales ante la víctima; reparar el daño causado; prestación de servicios a la comunidad; órdenes de supervisión y orientación; inhabilitación; privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre; privación de libertad en domicilio; o privación de libertad en centro especializado.

La responsabilidad penal alcanza a los jóvenes de 14 ó 15 años de edad que cometan un delito con pena mínima de 3 años de prisión o reclusión; y a los jóvenes de 16 ó 17 años de edad que participe en la comisión de un delito con pena mínima de 2 años o más de prisión o reclusión.

Además, remarca que "los centros especializados para el cumplimiento de la pena privativa de libertad deben contar con un grupo interdisciplinario de profesionales especializados, adecuadas medidas de seguridad y espacios acondicionados que permitan la recepción de visitas".

"La dirección de estos centros será desempeñada por personal especializado y capacitado. En ningún caso podrá estar a cargo de personal policial, penitenciario o de las fuerzas de seguridad", indica el proyecto.

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